Realización de proyectos innovadores que redunden en una mayor competitividad de las empresas y que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto.
Los proyectos de innovación podrán desarrollarse en cuatro actuaciones:
PYME con sede social y establecimiento de producción ubicado en la CV en el momento de la solicitud, excepto las que desarrollen actividades financieras o inmobiliarias.
INNOVAProD: Desarrollar actividades (CNAE 2009). sección C-Divisiones 10 a 33 CNAE 2009.
INNOVAProC: Desarrollar actividades (CNAE 2009). sección C - Divisiones 10 a 33-, o Sección H – Divisiones 49 a 52, siempre que las actividades de transporte y almacenamiento sean referidas a mercancías, CNAE 2009.
INNOVATeiC: Desarrollar actividades (CNAE 2009) epígrafes de la sección C-Divisiones 26 a 30-, o Sección J – CNAE 5821, 5829, 6311, 6312 y Divisiones 61 a 62 de la CNAE 2009.
Presupuesto subvencionable del proyecto igual o superior a 15.000 euros.
Conceptos financiables
INNOVAProD
-Deberá ser como mínimo un 10 % del coste subvencionable total o 15.000 euros.
INNOVAProC
La existencia de este tipo de gastos es requisito para que el proyecto se apruebe:
INNOVATeiC
INNOVAProD
Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo y fabricación de nuevos productos o una mejora significativa de los ya fabricados por la empresa solicitante.
Un producto tendrá la consideración de nuevo o mejorado, cuando suponga una modificación significativa en sus características o en el uso a que se destina. Incluye las mejoras significativas de especificaciones técnicas, de componentes y materiales, de programas informáticos integrados, del diseño, de la facilidad de uso u otras características funcionales.
El resultado final del proyecto apoyable deberá concretarse en la fabricación del producto o en la obtención de un prototipo probado en un entorno real.
INNOVAProC
Proyectos consistentes en la realización de acciones de alguna de estas tipologías:
INNOVATeiC
Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las tecnologías de la información, de la electrónica y de las comunicaciones, cuya aplicación pueda extenderse a diversos usuarios y no se trate, por tanto, de soluciones a medida.
El resultado final del proyecto deberá concretarse en nuevas aplicaciones, dispositivos o, soluciones, preparadas para su comercialización a terceros.
Se admitirán nuevas versiones de aplicaciones, dispositivos y soluciones existentes, siempre que incorporen nuevas funcionalidades con respecto a versiones anteriores de las mismas.
Intensidad de las ayudas
Subvención calculada como un porcentaje sobre los costes considerados como subvencionables, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:
Requisitos
Solicitudes
Del 11/02/2025 al 25/03/2025
Justificación hasta el 6/10/2026
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