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Ayudas

Desde ITE podemos ayudarte a acceder a algunas ayudas que te faciliten el acceso a los proyectos de innovación que necesita tu empresa. Se trata de subvenciones que te ayuden a mejorar tu desarrollo tecnológico.
Proyectos de Cadena de Valor Renovable
Proyectos de Cadena de Valor Renovable
Objeto

Ayudas a la inversión a proyectos de producción industrial de baterías, paneles solares, turbinas eólicas, bombas de calor y electrolizadores, así como la producción de componentes esenciales diseñados y utilizados principalmente como insumos directos para la producción de estos equipos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión €opea – NextGeneration EU.

Información General
Beneficiarios

Personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas.

Presupuesto y cuantía de la ayuda

Dotación presupuestaria convocatoria 750.000.000 €:

- Programa de incentivos 1: (para proyectos de inversión superior a 1.000.000 € e inferior a 30.000.000 €) 50.000.000 €

- Programa de incentivos 2: (para proyectos de inversión igual o superior a 30.000.000 €) 700.000.000 €.

Actuaciones incentivables
  • Línea de actuación 1: Impulsar la cadena de valor innovadora y de conocimiento de almacenamiento eléctrico. Fabricación y ensamblaje de baterías, celdas de baterías y "battery packs", así como la fabricación de los componentes esenciales asociados a los mismos.
  • Línea de actuación 2: Impulsar la cadena de valor innovadora y de conocimiento de sistemas de energía solar fotovoltaica. Fabricación y ensamblaje de paneles solares y de los componentes esenciales asociados a los mismos.
  • Línea de actuación 3: Impulsar la cadena de valor innovadora y de conocimiento de energía eólica. Fabricación y ensamblaje de turbinas eólicas y de los componentes esenciales asociados a los mismas.
  • Línea de actuación 4: Impulsar la cadena de valor innovadora y de conocimiento de la bomba de calor renovable. Fabricación y ensamblaje de bombas de calor y de los componentes esenciales asociados a las mismas.
  • Línea de actuación 5: Impulsar la cadena de valor innovadora y de conocimiento de hidrógeno renovable. Fabricación y ensamblaje de electrolizadores y de los componentes esenciales asociados a los mismos.

Prioridades temáticas

a) Baterías: proyectos de fabricación y ensamblaje de baterías, celdas de baterías y «battery packs. Se excluyen la fabricación de baterías que tengan por objeto principal su uso para movilidad eléctrica.

b) Módulo o panel fotovoltaico: proyectos de fabricación y ensamblaje de paneles solares y de los componentes esenciales.

c) Turbina eólica o aerogenerador: proyectos de fabricación y ensamblaje de turbinas eólicas y de los componentes esenciales.

d) Bomba de calor: proyectos de fabricación y ensamblaje de bombas de calor y de los componentes esenciales.

e) Electrolizador: Serán subvencionables los proyectos de fabricación y ensamblaje de electrolizadores y de los componentes esenciales.

Tipología de proyectos

  1. Creación de establecimientos industriales: inicio de una nueva actividad de producción.
  2. Ampliaciones de la capacidad de producción instalada en centros de producción existentes, a través de la implantación de nuevas líneas de producción. Se entenderá por implantación de una nueva línea de producción a la adquisición del conjunto de equipos que permiten fabricar de forma autónoma un producto.
  3. Reconversión de líneas previamente existentes para la fabricación de productos que anteriormente no estuvieran en producción en la planta.

Campos de intervención de los proyectos subvencionables:

  1. Procesos de investigación e innovación, transferencia de tecnología y cooperación entre empresas, con especial hincapié en la economía con bajas emisiones de carbono, la resiliencia y la adaptación al cambio climático. (100 % contribución climática y 40 % contribución medioambiental).
  2. 024 ter. Eficiencia energética y proyectos de demostración en pymes o grandes empresas y medidas de apoyo conformes con los criterios de eficiencia energética. (100 % contribución climática y 40 % contribución medioambiental).
  3. Apoyo a las empresas que prestan servicios que contribuyen a la economía con bajas emisiones de carbono y a la resiliencia frente al cambio climático, incluidas las medidas de sensibilización. (100 % contribución climática y 40 % contribución medioambiental).

También serán subvencionables los proyectos que cumplan el resto de las condiciones de las bases reguladoras y que no se encuentren dentro de los campos de intervención anteriores, siempre que su campo de intervención tenga una contribución climática igual o superior al del campo de intervención del listado anterior.

Posibilidad de presentar más de una actuación subvencionable. La ayuda a otorgar no podrá superar el límite de ayuda por proyecto y beneficiario.

En el caso de que un beneficiario presente varias actuaciones subvencionables, cada uno de dichos proyectos ha de asociarse a una planta de fabricación de equipos o componentes necesarios para la transición a una economía de cero emisiones netas.

Gastos subvencionables

Se podrán considerar como gastos subvencionables:

  1. Obra civil, edificación e instalaciones.
  2. Aparatos y equipos de producción.
  3. Activos inmateriales (patentes, licencias, digitalización, conocimientos técnicos u otra propiedad intelectual).
  4. Transporte y montaje, puesta en marcha, controles de calidad y ensayos de las instalaciones.
  5. Elaboración del proyecto de ejecución incluyendo ensayos, estudios y pruebas necesarias.
  6. Dirección facultativa de obra.
  7. Coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje.
  8. Costes de gestión de la solicitud de la ayuda, incluida la redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud. Sólo serán elegibles los gastos de gestión de la solicitud de ayuda que no superen el 4 % del importe de la ayuda solicitada, con un límite máximo de 50.000 € por expediente.
  9. Costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones, incluidos los costes de redacción de informes y demás documentación requerida para la justificación de estas ayudas. Sólo serán elegibles los gastos de gestión de la justificación que no superen el 4 % del importe de la ayuda solicitada, con un límite máximo de 50.000 € por expediente.
  10. Informe del auditor sobre la cuenta justificativa.
  11. Otras partidas que sean debidamente justificadas como necesarias, distintas de las recogidas como gastos no subvencionables.
  12. Coste de adquisición o arrendamiento de inmuebles o terrenos.

Intensidad de las ayudas

La intensidad máxima no podrá superar el 15 % de los costes subvencionables

Importe total de la ayuda máximo por empresa y Estado miembro 150.000.000 €.

Subcontratación

Se podrá subcontratar con terceros hasta el 100 % de la actividad incentivada

Solicitudes

Del 25/09/2024 al 06/11/2024 (12:00)

Información General
Si quiere aclarar o ampliar esta información, rellene el siguiente formulario: