Instalaciones de autoconsumo colectivo de energía eléctrica a partir de energías renovables o energías residuales, en régimen de comunidad de energías renovables
- Las instalaciones apoyables atenderán las necesidades energéticas de 5 CUPS como mínimo
- En el caso de autoconsumo colectivos la cuota máxima de participación en el acuerdo de reparto de cada participante (CUPS) no podrá superar el 75%.
Garantías exigidas a los equipos e instalaciones:
- Equipos principales: al menos 3 años desde la fecha de la adquisición.
- Instalación: al menos 3 años desde la fecha de puesta en marcha de la instalación.
Costes elegibles
a) Inversiones en equipos y montaje vinculados directamente a las instalaciones de autoconsumo, en concreto, sistema generador, sistema de conversión de la energía, equipo de medida de energía generada y, en su caso, sistema de almacenamiento.
En el caso de las instalaciones de biomasa/biogás se incluyen el sistema de producción del biogás, gas de síntesis o sistema equivalente.
b) Obra civil estrictamente necesaria vinculada a la instalación objeto de subvención siendo en todo caso el criterio del IVACE el que prevalecerá en caso de controversia acerca de la vinculación de la obra civil al proyecto.
c) Instalaciones de evacuación de energía hasta el punto de conexión, caja general de protección o transformador.
d) Sistemas de control, telemedida, monitorización y comunicación con el centro de control asociados a la instalación, incluidas las pruebas y puesta en marcha y ensayos de funcionamiento.
e) Sistemas de gestión, control activo y monitorización de la demanda de energía eléctrica de instalaciones consumidoras abastecidas por el proyecto.
f) Costes de redacción de proyectos, estudios de seguridad y salud y dirección de obra. Límite del 5% del presupuesto de ejecución material de la instalación.
g) Costes de constitución de la comunidad de energía renovable (escritura notarial y registros oficiales, redacción de estatutos). Importe máximo de 500€
Intensidad de las ayudas
Las ayudas tienen la consideración de subvención.
Intensidad de hasta el 45 % del coste subvencionable del proyecto.
Cuantía máxima subvencionable por proyecto 100.000 €.
Solicitudes
Del 15/05/2024 al 28/06/2024
Justificación: hasta el 25 de abril de 2025 o fecha indicada en la resolución de concesión