Conceptos financiables
Organismos públicos de investigación:
- Modalidad de costes marginales
- Los costes de adquisición de aparatos y equipos nuevos siempre que se dediquen en exclusiva al proyecto y su vida útil se agote durante el periodo de ejecución del mismo
- Aunque no sean financiables, los costes de personal propio deberán incluirse obligatoriamente en el presupuesto del proyecto dentro de la solicitud
- Cuando los resultados no sean susceptibles de protección de derechos de propiedad industrial o intelectual, las publicaciones científicas resultantes, total o parcialmente, deberán estar disponibles en acceso abierto
Empresas y asociaciones empresariales sectoriales:
- Modalidad de costes totales
- Costes de personal propio y en el caso de aparatos y equipos, sólo serán financiables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto
- Costes de personal
- Leasing, mantenimiento, reparación y amortización de activos materiales, como instrumental, equipamiento científico-técnico e informático y otros elementos necesarios para la actuación.
- Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares
- Gasto derivado del informe realizado por un auditor de cuentas
- Costes de patentes
- Costes de consultoría de gestión del proyecto (límite máximo de 20.000,00 euros)
- Contratos y asistencias técnicas
- Costes de movilidad
Subcontratación
- Podrán subcontratarse las actuaciones objeto de la ayuda
- Podrán ser objeto de subcontratación aquellas actividades del proyecto que forman parte de la actuación subvencionada pero que no pueden ser realizadas por la entidad beneficiaria por sí misma, extremo que habrá de acreditarse en la memoria técnica del proyecto.
- El presupuesto global de la actividad subcontratada por entidad participante no podrá ser superior al 50% del presupuesto de dicha entidad.
- Cuando, para cada entidad beneficiaria, la actividad concertada con terceros exceda del 20 por ciento del importe de la ayuda concedida y dicho importe sea superior a 60.000 euros, la subcontratación estará condicionada a que el contrato se celebre por escrito, sea enviado y previamente autorizado por el órgano concedente.
Financiación
El presupuesto financiable por entidad participante y proyecto se limitará a un máximo de 15.000.000€
Límites de intensidad
Tipología entidad |
Límite máximo |
Empresas del sector público |
40 % (ayuda en forma de subvención) |
Organismos de investigación |
100% |
Pequeñas empresas |
60 %. |
Medianas empresas |
50 % |
Grandes empresas |
40 % |
Préstamos:
- Tipo de interés: referencia el Euribor a un año publicado por el Banco de España el mismo día del mes anterior al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE, o en su caso el primer día siguiente hábil. Si éste fuera negativo, el interés aplicable será el 0%.
- Plazo fijo de carencia de 3 años, que comenzará a contabilizar el 1 de febrero del año siguiente de la anualidad que le corresponda.
- Plazo máximo de devolución de 7 años, tras la finalización del periodo de carencia.
- Plazo máximo de amortización de 10 años
Características de los anticipos reembolsables:
- Financiarán el porcentaje del coste elegible correspondiente a la “cofinanciación comunitaria” (de acuerdo con los porcentajes indicados en el apartado 10 de este artículo), que será prefinanciada a través de la concesión de un anticipo, dicha subvención se librará una vez justificada la realización de la actividad
- Plazo máximo de amortización del anticipo hasta 2 años
- Tipo de interés aplicable al anticipo del 0%.
- No se exigirá la constitución de garantía
- Porcentaje del coste elegible que no sea financiado por el FEDER (“cofinanciación nacional”) se financiará a través de la concesión de una subvención con cargo a los créditos presupuestarios consignados en el capítulo 7 «Transferencias de capital» de la Agencia
- La financiación que el FEDER aporta en esta convocatoria a cada proyecto seleccionado
representará como máximo el 85% del coste elegible, en el caso de las actuaciones
localizadas en las Comunidades Autónomas de Canarias, Andalucía, Castilla – La Mancha,
Extremadura y las Ciudades Autónomas de Ceuta, y Melilla, el 60% en el caso de las
actuaciones ubicadas en las Comunidades Autónomas de Asturias, Illes Balears, Cantabria,
Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia, La Rioja y Región de Murcia y el 40% en el
caso de las actuaciones ubicadas en las Comunidades Autónomas de Aragón, Cataluña,
Comunidad de Madrid, Comunidad Foral de Navarra y País Vasco.
Solicitudes
Del 15/01/2025 al 05/02/2025 (14:00 h)