- Línea de actuación 1: Impulsar la cadena de valor innovadora y de conocimiento de almacenamiento eléctrico. Fabricación y ensamblaje de baterías, celdas de baterías y "battery packs", así como la fabricación de los componentes esenciales asociados a los mismos.
- Línea de actuación 2: Impulsar la cadena de valor innovadora y de conocimiento de sistemas de energía solar fotovoltaica. Fabricación y ensamblaje de paneles solares y de los componentes esenciales asociados a los mismos.
- Línea de actuación 3: Impulsar la cadena de valor innovadora y de conocimiento de energía eólica. Fabricación y ensamblaje de turbinas eólicas y de los componentes esenciales asociados a los mismas.
- Línea de actuación 4: Impulsar la cadena de valor innovadora y de conocimiento de la bomba de calor renovable. Fabricación y ensamblaje de bombas de calor y de los componentes esenciales asociados a las mismas.
- Línea de actuación 5: Impulsar la cadena de valor innovadora y de conocimiento de hidrógeno renovable. Fabricación y ensamblaje de electrolizadores y de los componentes esenciales asociados a los mismos.
Prioridades temáticas
a) Baterías: proyectos de fabricación y ensamblaje de baterías, celdas de baterías y «battery packs. Se excluyen la fabricación de baterías que tengan por objeto principal su uso para movilidad eléctrica.
b) Módulo o panel fotovoltaico: proyectos de fabricación y ensamblaje de paneles solares y de los componentes esenciales.
c) Turbina eólica o aerogenerador: proyectos de fabricación y ensamblaje de turbinas eólicas y de los componentes esenciales.
d) Bomba de calor: proyectos de fabricación y ensamblaje de bombas de calor y de los componentes esenciales.
e) Electrolizador: Serán subvencionables los proyectos de fabricación y ensamblaje de electrolizadores y de los componentes esenciales.
Tipología de proyectos
- Creación de establecimientos industriales: inicio de una nueva actividad de producción.
- Ampliaciones de la capacidad de producción instalada en centros de producción existentes, a través de la implantación de nuevas líneas de producción. Se entenderá por implantación de una nueva línea de producción a la adquisición del conjunto de equipos que permiten fabricar de forma autónoma un producto.
- Reconversión de líneas previamente existentes para la fabricación de productos que anteriormente no estuvieran en producción en la planta.
Campos de intervención de los proyectos subvencionables:
- Procesos de investigación e innovación, transferencia de tecnología y cooperación entre empresas, con especial hincapié en la economía con bajas emisiones de carbono, la resiliencia y la adaptación al cambio climático. (100 % contribución climática y 40 % contribución medioambiental).
- 024 ter. Eficiencia energética y proyectos de demostración en pymes o grandes empresas y medidas de apoyo conformes con los criterios de eficiencia energética. (100 % contribución climática y 40 % contribución medioambiental).
- Apoyo a las empresas que prestan servicios que contribuyen a la economía con bajas emisiones de carbono y a la resiliencia frente al cambio climático, incluidas las medidas de sensibilización. (100 % contribución climática y 40 % contribución medioambiental).
También serán subvencionables los proyectos que cumplan el resto de las condiciones de las bases reguladoras y que no se encuentren dentro de los campos de intervención anteriores, siempre que su campo de intervención tenga una contribución climática igual o superior al del campo de intervención del listado anterior.
Posibilidad de presentar más de una actuación subvencionable. La ayuda a otorgar no podrá superar el límite de ayuda por proyecto y beneficiario.
En el caso de que un beneficiario presente varias actuaciones subvencionables, cada uno de dichos proyectos ha de asociarse a una planta de fabricación de equipos o componentes necesarios para la transición a una economía de cero emisiones netas.
Gastos subvencionables
Se podrán considerar como gastos subvencionables:
- Obra civil, edificación e instalaciones.
- Aparatos y equipos de producción.
- Activos inmateriales (patentes, licencias, digitalización, conocimientos técnicos u otra propiedad intelectual).
- Transporte y montaje, puesta en marcha, controles de calidad y ensayos de las instalaciones.
- Elaboración del proyecto de ejecución incluyendo ensayos, estudios y pruebas necesarias.
- Dirección facultativa de obra.
- Coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje.
- Costes de gestión de la solicitud de la ayuda, incluida la redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud. Sólo serán elegibles los gastos de gestión de la solicitud de ayuda que no superen el 4 % del importe de la ayuda solicitada, con un límite máximo de 50.000 € por expediente.
- Costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones, incluidos los costes de redacción de informes y demás documentación requerida para la justificación de estas ayudas. Sólo serán elegibles los gastos de gestión de la justificación que no superen el 4 % del importe de la ayuda solicitada, con un límite máximo de 50.000 € por expediente.
- Informe del auditor sobre la cuenta justificativa.
- Otras partidas que sean debidamente justificadas como necesarias, distintas de las recogidas como gastos no subvencionables.
- Coste de adquisición o arrendamiento de inmuebles o terrenos.
Intensidad de las ayudas
La intensidad máxima no podrá superar el 15 % de los costes subvencionables
Importe total de la ayuda máximo por empresa y Estado miembro 150.000.000 €.
Subcontratación
Se podrá subcontratar con terceros hasta el 100 % de la actividad incentivada
Solicitudes
Del 25/09/2024 al 06/11/2024 (12:00)